Guía práctica de las situaciones en estado de alarma

Publicamos este documento, que resume los criterios sobre la consideración de las distintas actividades desde el punto de vista del control que corresponde efectuar a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Se trata de una guía práctica, que incorpora aspectos operativos en relación con las medidas restrictivas derivadas del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma.

Cabe destacar las medidas que más nos atañen, a los transportistas autónomos:

  • Transporte de mercancías es actividad esencial.
  • Los talleres de automoción pueden abrir con el fin de garantizar la movilidad de las personas que estén obligadas a usar un vehículo (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, ambulancias, personal sanitario, trabajadores en general) Un particular NO puede acudir a un taller.
  • No se denunciará la caducidad de la ITV correspondiente, ni la del Permiso de Conducción (se entiende cuando hayan caducado desde la declaración del Estado de alarma)
  • Se puede realizar cualquier tipo de transporte de mercancías (mudanzas, mercancías peligrosas, etc.) sin limitación alguna.

AYUDAS AUTÓNOMOS COVID-19

1 – Cese de actividad

El trabajador autónomo que acredite que sus ingresos se han reducido al menos un 75% a causa de la crisis sanitaria podrá acceder al paro de autónomos. En ese caso, la cantidad que le correspondería, de media, estaría en torno a los 660 euros mensuales. Se tomará como baremos la media mensual del último semestre para poder estimar ese porcentaje de reducción de ingresos.

Por supuesto, y esto es común para cualquier prestación, será obligatorio estar al día de pagos con la Seguridad Social y haber estado de alta en el RETA en el momento en el que se decretó el estado de alarma. Si se tiene alguna deuda con la Seguridad Social, se dispone de un plazo de 30 días para ponerse al día antes de que se deniegue la solicitud de acceso a la prestación por cese de actividad.

Con carácter general, la gestión de esta prestación corresponderá a la mutua colaboradora con la Seguridad Social a la que esté adscrito el trabajador o trabajadora. En el caso de los autónomos en alta en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, la gestión corresponde al Instituto Social de la Marina. Finalmente, en el supuesto (residual) de los autónomos que tienen
concertada la protección por contingencias profesionales con el INSS, la gestión corresponde al SEPE.

2 – Baja por contagio COVID-19

En caso de estar aislado o contagiado por el coronavirus, la situación será considerada como accidente laboral, por lo que se tendrá derecho a cobrar las prestaciones derivadas de esta baja.

Aquellos autónomos que coticen por la base mínima cobrarán 23,61 euros por cada día de baja.

Actualización a 26 de marzo de 2020 del procedimiento de actuación de las empresas frente al COVID-19

Sanidad ha actualizado el procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al coronvirus (SARS-COV-2), lo podéis descargar pinchando aquí.

Según el Criterio Operativo nº 102/2020 de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre medidas y actuaciones de la ITSS relativas a situaciones derivadas del nuevo coronavirus (Sars-Cov-2), este documento tiene carácter obligatorio.

Permanencia del coronavirus activo en diferentes superficies

permanencia_coronavirus

A lo largo de estos días, científicos de todo el mundo intentan aclarar el comportamiento del coronavirus. Un estudio publicado por el New England Journal of Medicine, arroja un poco de luz sobre este tema. En dicho estudio descubrieron que el virus es detectable hasta 3h  aerosoles, hasta 4h en el cobre, 24h en el cartón, y hasta dos o tres días en el plástico y acero inoxidable. 

El estudio, que fue realizado por científicos del Instituto Nacional de Salud de los EE.UU, el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades, UCLA y la Universidad de Princeton, trató de imitar la cantidad de virus que una persona infectada deposita en todo tipo de superficies cotidianas de un hogar o un hospital, al toser o al tocar las mismas. Seguidamente se investigó cuánto tiempo el virus permanece infeccioso en esas superficies.

Finalmente, los resultados obtenidos confirmaron la orientación de los profesionales de la salud pública de utilizar precauciones similares a las que se aplican a la gripe y otros virus respiratorios con tal de prevenir la propagación del SARS-CoV-2:

  • Evitar el contacto cercano con personas enfermas.
  • Evite tocarse los ojos, la nariz y la boca.
  • Quédese en casa y aíslese cuando esté enfermo.
  • Cúbrase al toser o estornudar con un pañuelo de papel y luego tírelo a la basura
  • Limpie y desinfecte los objetos y superficies que se tocan con frecuencia usando un aerosol o una toallita de limpieza doméstica común.

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