Aunque la entrada en vigor de la Fase 1 de la desescalada supuso que desde el pasado lunes 11 de mayo la gran parte de los centros de reconocimiento de conductores abriesen, para evitar un posible colapso desde la DGT señalaron que los permisos de conducción que caducasen durante el estado de alarma mantienen su vigencia durante dicho periodo y hasta 60 días hábiles después de finalizado el mismo, algo que ahora ha cambiado.
A partir de junio
La novedad radica en aquellos casos en los que el permiso de conducir caduque a partir del 1 de junio. En esta situación los titulares del carnet ya no cuentan con un plazo extra para renovarlo, aunque siga vigente el estado de alarma. Esta situación ha cambiado solo a partir de junio porque los permisos que caducaron entre el 14 de marzo y el 31 de mayo si cuentan con una prórroga de 60 días, según publica Ideal.
Lo cierto es que el Real Decreto/2020 que se publicó el 14 de marzo señalaba que durante el estado de alarma se suspendían los plazos administrativos. En el caso del carnet de conducir se aprobaba una prórroga para su ampliación de 60 días.
La duda se produce porque a pesar de continuar vigente el estado de alarma, a partir de junio los plazos en este caso no se prorrogan tal y como ha confirmado el Gobierno mediante el Real Decreto 537/2020 de 22 de mayo, que señala que desde el 1 de junio «los plazos administrativos que hubieron sido suspendidos se reanudarán o se reiniciarán». Por eso aquellos conductores cuyo carnet de conducir caduque a partir de junio no tienen ninguna prórroga y deberán renovarlo antes de la fecha que señale el documento.
Conviene recordar que la renovación del permiso de conducción puede realizarse en los centros de reconocimiento sin necesidad de tener que acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico, cuya atención al público no es todavía plena debido al estado de alarma (sólo pueden abrir a partir de la fase 2 y en ciertas condiciones tal y como te indicamos aquí).