Guía práctica de las situaciones en estado de alarma

Publicamos este documento, que resume los criterios sobre la consideración de las distintas actividades desde el punto de vista del control que corresponde efectuar a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Se trata de una guía práctica, que incorpora aspectos operativos en relación con las medidas restrictivas derivadas del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma.

Cabe destacar las medidas que más nos atañen, a los transportistas autónomos:

  • Transporte de mercancías es actividad esencial.
  • Los talleres de automoción pueden abrir con el fin de garantizar la movilidad de las personas que estén obligadas a usar un vehículo (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, ambulancias, personal sanitario, trabajadores en general) Un particular NO puede acudir a un taller.
  • No se denunciará la caducidad de la ITV correspondiente, ni la del Permiso de Conducción (se entiende cuando hayan caducado desde la declaración del Estado de alarma)
  • Se puede realizar cualquier tipo de transporte de mercancías (mudanzas, mercancías peligrosas, etc.) sin limitación alguna.